Admisión en Estudios de Grado Universitarios


Presentación

En la Región de Murcia, el proceso de admisión en Estudios de Grado de las Universidades Públicas (Universidad Politécnica de Cartagena y Universidad de Murcia) se realiza dentro de lo que se conoce como el Distrito Único de la Región de Murcia (DURM). Esto permite que los estudiantes que quieran cursar sus estudios en la región solo tengan que seguir un proceso de admisión, pudiendo elegir entre carreras de cualquiera de las dos universidades públicas.

En Estudios de Grado encontrarás una tabla con todas nuestras titulaciones, las notas de corte que tuvieron el curso pasado y las plazas ofertadas. Haciendo click sobre el nombre de la titulación, podrás acceder a la web de cada grado, donde encontrarás toda la información sobre las asignaturas, los calendarios o las salidas profesionales de las titulaciones.

Para cualquier duda o consulta puedes dirigirte a nuestro correo electrónico admision.grado@upct.es.

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Enlaces de interés

Según el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el marco de la solicitud presentada y su tramitación y resolución posterior, la UPCT procederá a consultar la siguiente información que ya obra en poder de las Administraciones Públicas:

  • Consulta de datos de identidad.
  • Servicios de consulta de discapacidad.
  • Servicios de consulta de familia numerosa.
  • Títulos universitarios por documentación.
  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal.

El solicitante podrá oponerse a este tratamiento de datos personales incluyendo justificación motivada mediante el ejercicio del derecho de oposición reconocido por la normativa de protección de datos personales tal y como se indica en la cláusula relativa a la protección de datos personales incluida en esta solicitud. En caso de ejercer este derecho, junto a la oposición motivada, deberá aportarse necesariamente la información a cuya consulta se opone el solicitante ya que, en caso contrario, no se podrá estimar su solicitud. Adicionalmente, en este caso, la UPCT quedará facultada, en el ejercicio de sus competencias de acuerdo con la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, a realizar las verificaciones que resulten necesarias para comprobar la exactitud de los datos aportados por el ciudadano y que obren en poder de las Administraciones Públicas.